La jurista Yolanda Monabang defiende un modelo de justicia basado en el diálogo, la reparación y la reconciliación

La jurista Yolanda Monabang Mba Nkara ha presentado recientemente la introducción de una obra en preparación dedicada al análisis de la justicia restaurativa como un paradigma ancestral africano de mediación y resolución de conflictos. El libro, cuya publicación está prevista para los próximos meses, examina el origen comunitario de este modelo, su desplazamiento por los sistemas punitivos occidentales durante la colonización y su progresiva reincorporación en los Estados de Derecho contemporáneos como complemento del sistema penal.

En la introducción, titulada La justicia restaurativa como un paradigma ancestral africano de mediación y resolución de conflictos, la autora pone en valor prácticas tradicionales que durante siglos garantizaron la cohesión social en las comunidades africanas. Según explica, antes de la colonización los conflictos se resolvían mayoritariamente mediante mecanismos comunitarios centrados en el diálogo, la reparación del daño y la reconciliación, priorizando la paz social frente al castigo, a menudo irreversible.

Con la imposición de los sistemas jurídicos coloniales, este enfoque fue progresivamente sustituido por una justicia de carácter retributivo y punitivo, presentada como “moderna”, que relegó las formas africanas tradicionales de mediación. No obstante, Monabang subraya que la justicia restaurativa ha demostrado su vigencia y eficacia, hasta el punto de ser formalmente reconocida en el ámbito moderno a partir de 1974, con la puesta en marcha en Canadá del primer programa estructurado de mediación entre víctima y ofensor.

La introducción recoge además diversas experiencias internacionales, como las conferencias familiares de Nueva Zelanda inspiradas en la tradición maorí, la Comisión de la Verdad y Reconciliación en Sudáfrica tras el apartheid, o los programas de mediación penal y comunitaria desarrollados en países como Estados Unidos, Argentina, Colombia y México.

Desde una perspectiva jurídica, la autora sostiene que la aplicación efectiva de la justicia restaurativa exige su reconocimiento normativo expreso y el fortalecimiento de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, la conciliación, el arbitraje y la negociación. Uno de los debates más relevantes que plantea la obra es su posible aplicación en delitos de corrupción, cuestión que, según Monabang, debe analizarse caso por caso, atendiendo a la gravedad del daño y a la viabilidad real de la reparación.

La introducción concluye señalando que la justicia restaurativa no pretende sustituir a la justicia punitiva, sino complementarla, promoviendo una gestión más humana e integral de los conflictos. El texto completo puede consultarse en la página de este periódico judicial y en el portal oficial del Poder Judicial de Guinea Ecuatorial.

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Justo Enzema-Nzá

Licenciado en Ciencia de Información y Periodismo por la UNGE. Está muy ligado al periodismo de investigación. lleva trabajando en los medios de comunicación nacionales desde 2014.

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